REGLAMENTO PARQUEADEROS CENTROS COMERCIALES GRAN PLAZA

REGLAMENTO PARQUEADERO  CENTRO COMERCIAL GRAN PLAZA IPIALES

ARTICULO PRIMERO Objeto: El presente reglamento tiene como finalidad establecer las normas sobre el parqueo de carros y motos en las áreas comunes destinadas a estacionamiento de vehículos de clientes, visitantes, aliados y colaboradores del CENTRO COMERCIAL GRAN PLAZA IPIALES, además de regular los derechos y obligaciones de sus usuarios. 

ARTÍCULO SEGUNDO – Aplicación: El presente reglamento se aplicará a todos los conductores de vehículos automotores, autorizados para parquear dentro de las zonas comunes destinadas al estacionamiento de vehículos para clientes, visitantes, aliados y colaboradores del CENTRO COMERCIAL GRAN PLAZA IPIALES 

ARTICULO TERCERO – Horario: El horario en el que se permite el uso de las áreas comunes de estacionamiento para ingreso, permanencia y retiro de los vehículos automotores y motocicletas, es de lunes a domingo de 07:30 am a 02:00 am del siguiente día, después de las 09:00 pm, se realizan ingresos y salidas controlados por vigilancia.

ARTICULO CUARTO: El uso del parqueadero, está sujeto a las siguientes reglas: 

1. La altura máxima permitida de los vehículos para ingresar a parqueadero subterráneo del Centro Comercial es de 2.20 MTS.  

2. Los vehículos deberán ser ubicados en los lugares indicados por tipo de vehículo, respetando aquellos especialmente habilitados para personas de movilidad reducida. 

3. Los usuarios deberán dejar los vehículos debidamente cerrados, con su sistema de seguridad activado.
4.
Al momento de generarse un incidente, este debe ser reportando inmediatamente al encargado del parqueadero y posterior a ello, diligenciar la información respectiva en el formato de PQRS (Peticiones, Quejas, Reconocimientos y Solicitudes) establecido por el Centro Comercial, junto con los soportes y documentos adicionales, necesarios para la verificación del caso.

5. Todo proceso de reclamación debe efectuarse antes de retirar el vehículo del parqueadero del Centro Comercial.   

6. El servicio de parqueadero funcionará únicamente en los horarios indicados en el artículo tercero, si un vehículo no es retirado antes de la hora estipulada de cierre, salvo autorización expresa por parte de la Administración, el usuario deberá cancelar el valor de la multa establecida, la cual es de $50.000. 

7. Si el vehículo no es retirado a las 24 horas siguientes a su ingreso, y si no se tiene autorización previa por parte de la Administración del Centro Comercial, el vehículo se pondrá a disposición de las autoridades competentes.  

8. La circulación en los parqueaderos se hará siempre por las zonas habilitadas y previamente demarcadas, conservando la velocidad máxima permitida de 10 km/hora.  

9. Retirar los vehículos que presenten fugas de combustible, gas o aceite. El Centro Comercial Gran Plaza Ipiales, realizará el llamado correspondiente al usuario, y si este no hace presencia o no hay respuesta inmediata, se procederá con el retiro del vehículo, cuando se compruebe que se pone en riesgo la operación del Centro Comercial, esto con el acompañamiento de las entidades competentes (Bomberos, Defensa Civil, Transito, entre otros). 

10. El cargue o descargue de mercancía o equipos, solo es permitido en los espacios destinados para ello, y dentro de los horarios establecidos por el Centro Comercial, por tal razón se prohíbe realizar actividades de cargue o descargue de mercancía y equipos dentro del parqueadero sin autorización previa por parte de la Administración del Centro Comercial. 

11. El Centro Comercial no está autorizado para reproducir o hacer entrega de fotos o videos de hechos ocurridos dentro del parqueadero, estas reproducciones solo se entregan a entes judiciales con previa solicitud.     

12. El Centro Comercial, para el uso del parqueadero, se reserva el derecho de admisión de vehículos.

ARTÍCULO QUINTO – El Centro Comercial, no se hará responsable:
1. De la pérdida o daño de bienes no componentes del vehículo, dejados al interior de éste, tales como dinero, joyas, maletas o maletines, teléfonos celulares, frontales de radio, u objetos personales que sean considerados de valor para el usuario, y que no hayan sido entregados en custodia al personal del Centro Comercial. 

2. Por daños mecánicos o eléctricos que se produzcan en el vehículo. 

3. Por daños a vehículos ocasionados por fuerza mayor o caso fortuito, por incendio, asonada, revuelta civil o armada, actos terroristas, motines o de cualquier otro hecho que suceda sin culpa del Centro Comercial. 

4. Por vehículos parqueados por fuera del área o estacionamientos no demarcados, ni por daños en vehículos ocasionados por fuerza mayor o caso fortuito, ni por daños mecánicos, de latonería o eléctricos del vehículo o causados por otro vehículo en el interior del estacionamiento. 

ARTÍCULO SEXTO – Responsabilidad del Centro Comercial:
1. En caso de recibir una reclamación; el Centro Comercial actuará de acuerdo con el procedimiento de reclamaciones establecido como protocolo de la operación del parqueadero, y conforme a lo indicado en el Estatuto del Consumidor. 

2. El Centro Comercial para proceder con la recepción de los elementos que el usuario considere de valor asignará un espacio para su custodia, previo a su uso, llevará a cabo el registro en el formato: “Elementos en custodia”, en el cual se detallará la descripción de los elementos, se tomarán los datos del usuario y firma de recibido y entrega de las partes. 

Si pasadas 24 horas, no son retirados los elementos, estos quedan a disposición del Centro Comercial.

ARTÍCULO SÉPTIMO – Recuerde tener en cuenta las siguientes obligaciones: 

1. Verificar el estado del vehículo antes de retirarlo del parqueadero.

2. Conducir dentro del parqueadero, a la velocidad permitida de 10 km/hora, respetando el tránsito peatonal y la demarcación de las áreas.

3. No dejar cascos, chalecos o elementos personales sobre los vehículos. 

4. Una vez el vehículo se encuentre correctamente estacionado, debe apagarlo y asegurarse que no permanezcan personas o animales en su interior. 

5. Velar por el cuidado de la tarjeta o tiquete que se entrega al ingresar al parqueadero, la perdida y/o deterioro deberá ser asumida por el conductor a la tarifa dispuesta por el Centro Comercial. 

6. Ante la pérdida de la tarjeta o tiquete de ingreso, el usuario debe presentar los documentos de identificación y los documentos del vehículo, para proceder con la reposición.

7. Cancelar el valor total de la tarifa de parqueadero.

8. Verificar la liquidación del pago del parqueadero, tener presente que después de realizar el pago, cuenta con 15 minutos para retirar el vehículo, si excede este tiempo, deberá cancelar el tiempo adicional.

9. Presentar los documentos de propiedad del vehículo antes de su retiro, en caso de ser solicitado.

10. Cumplir el presente reglamento y las demás normas que lo complementen, modifiquen o aclaren. 

ARTÍCULO OCTAVO – Prohibiciones 

1. Fumar, consumir bebidas alcohólicas o sustancias alucinógenas dentro del parqueadero.  

2. Conducir en estado de embriaguez. 

3. No está permitido enseñar a conducir al interior del parqueadero.  

4. Parquear en zonas no autorizadas o deshabilitadas.  

5. Realizar cualquier tipo de reparaciones, mantenimientos, suministro de combustibles y/o lavados a los vehículos, dentro del parqueadero.   

6. El ingreso de sustancias inflamables, tóxicas o peligrosas, que puedan ocasionar conatos, daños en la infraestructura o a terceros. Si este evento se llega a materializar, el infractor es el responsable de los perjuicios ocasionados.  

ARTICULO NOVENO – Póliza  

El Centro Comercial cuenta con un Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual AXA COLPATRIA SEGUROS S.A, NIT. 860.002.184-6. Carrera 7 No. 24 – 89 Bogotá Colombia. Vigencia de Iniciación: 02 de enero de 2023, Vigencia de terminación 02 de enero de 2024. Póliza No. 6158014059 

Condiciones especiales

Al asignar la categoría de estrella VIP, se redimirá y descontará quinientos (500) puntos de la cuenta del cliente.

Beneficios

Clientes Estrella VIP

Gef
En los sorteos generales, podrán obtener una (1) boleta a cambio de la redención del número 
de puntos que se establezca en el reglamento del sorteo.
En los sorteos generales, podrán obtener dos (2) boletas a cambio del registro de facturas de 
valor total, igual o superior al monto mínimo que se establezca en el reglamento del sorteo.
En los sorteos VIP, podrán obtener una (1) boleta a cambio de la redención del número de puntos 
que se establezca en el reglamento del sorteo
En los eventos de entretenimiento y diversión, podrán obtener un (1) ticket de descuento en el valor de las boletas o una boleta a cambio del registro de facturas de valor total igual o superior al monto mínimo que se establezca en el reglamento del evento.
En los establecimientos de comercio que operen al interior de Gran Plaza y que al momento de la redención se encuentren vinculados al programa de fidelización estrellas Gran Plaza, podrán obtener descuentos en los productos y con los porcentajes que determine cada comerciante, los cuales pueden ser consultados en la página web.

Beneficios

Clientes estrella

Boletas en sorteos generales
Ticket de descuento en el valor de las boletas de atracciones Recursos y eventos de entretenimiento

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